Modificación a la ley del IR decreto legislativo 1527 Su objetivo del decreto legislativo 1527 es modificar la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), el mencionado decreto entrará en vigencia el 1° de enero del 2023, este decreto establece nuevos documentos que deberán ser exigidos por la SUNAT para sustentar las donaciones u otras liberalidades, con el fin de acreditar que no existe incremento patrimonial no justificado.
- Se modifica el inciso a) del segundo párrafo del artículo 52 donde menciona que los incrementos patrimoniales no podrán ser justificados, siempre y cuando no sean los siguientes documentos mencionados:
- En el caso de donación de bienes inmuebles o muebles se requiere: Escritura pública.
- Donación de bienes muebles que no necesitan una escritura: Documento de fecha cierta
- Documento que acredite fehacientemente las donaciones de los bienes inmuebles que no requiere de escritura pública, tales donaciones deben ser por motivo de bodas o acontecimientos similares siempre y cuando cuyo valor no exceda del 25% de la UIT: Documento que acredite de manera fehaciente.
- Se incorpora al segundo párrafo del artículo 92 de la Ley del Impuesto:
- No se considerarán incrementos patrimoniales los depósitos en cuenta de entidades del Sistema Financiero nacional o del extranjero que corresponda a operaciones con terceros, siempre y cuando sustenten debidamente el origen o procedencia de tales depósitos, y declaren a la SUNAT la información., dicho artículo no será de aplicación a las personas jurídicas.