Modificación a la ley del IR decreto legislativo 1527 Su objetivo del decreto legislativo 1527 es modificar la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), el mencionado decreto entrará en vigencia el 1° de enero del 2023, este decreto establece nuevos documentos que deberán ser exigidos por la SUNAT para sustentar las donaciones u otras liberalidades, con el fin de acreditar que no existe incremento patrimonial no justificado.

  1. Se modifica el inciso a) del segundo párrafo del artículo 52 donde menciona que los incrementos patrimoniales no podrán ser justificados, siempre y cuando no sean los siguientes documentos mencionados:
  • En el caso de donación de bienes inmuebles o muebles se requiere: Escritura pública.
  • Donación de bienes muebles que no necesitan una escritura: Documento de fecha cierta
  • Documento que acredite fehacientemente las donaciones de los bienes inmuebles que no requiere de escritura pública, tales donaciones deben ser por motivo de bodas o acontecimientos similares siempre y cuando cuyo valor no exceda del 25% de la UIT: Documento que acredite de manera fehaciente.
  1. Se incorpora al segundo párrafo del artículo 92 de la Ley del Impuesto:
  • No se considerarán incrementos patrimoniales los depósitos en cuenta de entidades del Sistema Financiero nacional o del extranjero que corresponda a operaciones con terceros, siempre y cuando sustenten debidamente el origen o procedencia de tales depósitos, y declaren a la SUNAT la información., dicho artículo no será de aplicación a las personas jurídicas.