EL CÁLCULO DEL MONTO DE LAS MULTAS SE EXPRESA EN UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), DE CONFORMIDAD CON LA SIGUIENTE TABLA:
Desde el 01 de mayo del 2022 aumento la remuneración mínima vital de s/930 a s/1,025, esto se determino a través del decreto supremo Nº 003-2022-TR.
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DEL TRABAJADOR POR EL AUMENTO DE LA RMV?
Tendrán un aumento en la asignación familiar (10% de la RMV).
Calculo de la asignación familiar: (10/100) x s/1,025 = s/102.50
Tendrán un aumento EsSalud, aunque el trabajador perciba un ingreso menor a la RMV.
Calculo de la EsSalud: (9/100) x s/1,025 = s/92.25
Tendrán un aumento en las gratificaciones, CTS., etc.
¿QUIÉNES SON BENEFICIARIOS DEL AUMENTO DEL SUELDO MÍNIMO?
Desde 01 de mayo del 2022 se incrementará el sueldo a los trabajadores.
Todos los trabajadores formales (planilla) cuyo salario sea menor a s/1,025.
Todos los trabajadores del sector agrario, cuya jornada laboral sea de 4 horas o más horas diarias en promedio a la semana (tendrán que percibir una remuneración básica no menor a s/1,025.)
Trabajadores del hogar
Personal de las MiPymes.
Todos los trabajadores mineros, recibirán el sueldo mínimo establecido más el 25% de la misma (El D.S N°30-89-TR estableció que los mineros percibirán un ingreso minino equivalente a RMV + 25%).
Calculo trabajador minero: ((25/100) x s/1,025) + s/1,025 = s/1,281.25
Personal de regímenes especiales de contratación laboral.
Trabajadores nocturnos, Calculo: ((35/100) x s/1,025) + s/1,025 = s/1,383.75
*Practicantes preprofesionales y profesionales, tendrán que recibir un sueldo mensual no inferior de s/1,025 (excepto pasantía y actualización para la reinserción)
¿QUÉ PASARÍA SI LA EMPRESA DONDE LABORO NO ME AUMENTA EL SUELDO MÍNIMO?
* En caso de que el empleador decida no actualizar los salarios recibirá sanciones dependiendo el tipo de empresa y la numero de trabajadores afectados, La multa correspondiente oscila entre 0.23 UIT (S/ 1,058) a 52.53 UIT (S/ 241,638).
* En el artículo 25.1 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo – DS N° 019-2006-TR nos menciona que es una infraccion muy grave no pagar la remuneración mínima correspondiente lo cual se establece en el decreto supremo Nº 003-2022-TR., para este año 2022 hacia adelante.
¿LABORO TIEMPO PARCIAL, TAMBIÉN ME CORRESPONDE EL AUMENTO DE SALARIO?
Si, desde mayo la proporción del pago debe calcularse con el aumento a s/1,025.
¿ME CORRESPONDE AUMENTO SI MI SUELDO ES SUPERIOR A S/1,025?
No, si el salario de un trabajador es superior al sueldo mínimo establecido se mantendrá intacto.